lunes, 13 de mayo de 2013

LOS ALCANCES Y LÍMITES DE LA CREACIÓN DE CONTENIDO NUEVO A PARTIR DE CONTENIDO OFRECIDO EN LA WEB


¿Qué imágenes, vídeos, etc. podemos utilizar en nuestras producciones digitales?
En Argentina los derechos de autor están regulados por la ley 11.723 de Propiedad intelectual. Esta confiere derechos totales y exclusivos al autor sobre la copia y distribución de sus obras. (art. 2)  Quién realice una reproducción no autorizada, transgrede la ley, y puede verse forzado a pagar por ello. Estos derechos están en vigencia a partir del momento  en que el autor plasma sus expresiones sobre cualquier soporte y los publica.
Si deseamos usar imágenes, vídeos o cualquier otra producción digital, lo podemos hacer es de uso libre, o citando la autoría de los  recursos utilizados. Es importante respetar los derechos de autor y conocer las LICENCIAS CREATIVE COMMONS, que dan permiso para utilizar la obra creada, teniendo en cuenta ciertas condiciones que se deben respetar.
¿Cómo sabemos de qué manera podemos usar contenido producido por otros?
Las licencias conceden ciertos derechos básicos. Los términos de cada licencia dependen de cuatro condiciones
Atribución

(BY)             
 El beneficiario de la licencia tiene el derecho de copiar, distribuir, exhibir y representar la   obra y hacer obras derivadas siempre y cuando reconozca y cite la obra de la forma especificada por el autor o el licenciante.
No Comercial   (NC)
El beneficiario de la licencia tiene el derecho de copiar, distribuir, exhibir y representar la obra y hacer obras derivadas para fines no comerciales.
No Derivadas (ND)
El beneficiario de la licencia solamente tiene el derecho de copiar, distribuir, exhibir y representar copias literales de la obra y no tiene el derecho de producir obras derivadas.
Compartir Igual  (SA)
El beneficiario de la licencia tiene el derecho de distribuir obras derivadas bajo una licencia idéntica a la licencia que regula la obra original.

Para que los trabajos puedan ser redistribuidos  y manipulados de manera libre y sin restricciones existen dos tipos de licencias:
Dedicación a Dominio Público
(CC0)
El autor de esta obra ha renunciado a sus derechos de autor a la misma, pasando a formar parte del dominio público, de modo que el beneficiario puede usar la obra libremente para cualquier fin sin necesidad de solicitar permiso al autor de tal obra.
Etiqueta de Dominio Público
Más que una licencia se trata de una etiqueta, la cual resalta que el trabajo ya se encuentra bajo el dominio público y que el beneficiario puede usar la obra libremente para cualquier fin sin necesidad de solicitar permiso al autor de tal obra.


Existen seis combinaciones


Reconocimiento (by): Se permite cualquier explotación de la obra, incluyendo una finalidad comercial, así como la creación de obras derivadas, la distribución de las cuales también está permitida sin ninguna restricción.
 

Reconocimiento – No Comercial (by-nc): Se permite la generación de obras derivadas siempre que no se haga un uso comercial. Tampoco se puede utilizar la obra original con finalidades comerciales.
 

Reconocimiento – No Comercial – Compartir Igual (by-nc-sa): No se permite un uso comercial de la obra original ni de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original.
 

Reconocimiento – No Comercial – Sin Obra Derivada (by-nc-nd): No se permite un uso comercial de la obra original ni la generación de obras derivadas.
 

Reconocimiento – Compartir Igual (by-sa): Se permite el uso comercial de la obra y de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia igual a la que regula la obra original.
 

Reconocimiento – SinObraDerivada (by-nd): Se permite el uso comercial de la obra pero no la generación de obras derivadas.



 

Fuente: http://www.youtube.com/watch?v=8Dc4-YNUiVY

¿Cómo protegemos el contenido propio de uso?
Como lo mencione anteriormente desde le momento en que publicamos nuestra producciones ya están en vigencia los derechos exclusivos  de copia y distribución. Aún así podemos adquirir licencias en CREATIVE COMMONS. Con este tipo de licencias gratuitas podemos especificar “todos los derechos reservados”, “algunos derechos reservados” o, “sin derechos reservados”

1 comentario:

  1. Es una buena síntesis del tema, brinda información relevante, valiosa especialmente para los docentes que desarrollan materiale spara la enseñanza

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